Loomio
Wed 25 Feb 2015 10:14PM

Debate y aprobación del reglamento del circulo Podemos Puerta del Ángel

PPD Podemos Puerta del Ángel Public Seen by 151

El pasado sábado 21 de febrero el Circulo Podemos Puerta del Ángel celebro una asamblea extraordinaria presencial para debatir y aprobar el reglamento del círculo.
Para que todas las personas del círculo que no pudieron ir a la asamblea presencial puedan dar su opinión y aprobar el documento se habilita este espacio de loomio hasta el lunes 2 de Marzo.

PPD

Podemos Puerta del Ángel Wed 25 Feb 2015 10:43PM

Aquí tenéis el reglamento aprobado en la asamblea presencial.

MÁD

Miguel Ángel de Prada Thu 26 Feb 2015 7:27PM

Buenas tardes a todas las personas de CIPAN.
He recibido el Reglamento aprobado en la Asamblea presencial del sábado 21 y contiene algunos errores (gramaticales y de forma) que pueden corregirse antes de difundirlo más, lo que mejora, en mi opinión, al texto.

Así, en el tema formal se observa que falta el art. nº 20; se repite la letra d) en el Art. 22 ó se ha dejado separadas las letras d) (primera) y e) del mismo Art. 22 cuando parece que debían juntarse.
El tema ortográfico y el gramatical se puede arreglar pasándole el corrector de texto. No lleva mucho tiempo y mejora la lectura.
Se observa una laguna en mismo Art. 22, para la que se propuso una enmienda: en el punto 5. se habla del proceso de votación sobre si ha perdido o si se renueva la confianza... PERO NO SE DICE NADA DE LOS REQUISITOS DE LA VOTACIÓN: ¿POR MAYORÍA SIMPLE, POR MAYORÍA CUALIFICADA...?, ¿QUORUM EXIGIDO, ETC...?.
Son detalles que ahora no tienen mucha importancia pero si se diera algún caso, no habría referente para la actuación.

Atte.,

Miguel Ángel

CB

Carlos Beltran Fri 27 Feb 2015 9:29PM

Estas son las enmiendas en las que trabajaron los compañeros Miguel Angel,Angel Luis y Eduardo.
Pero veo partes del documento aprobado que no esta en ninguna de las mismas ni en el borrador original.

CB

Carlos Beltran Fri 27 Feb 2015 9:31PM

tambien estoy de acuerdo con Miguel Angel en sus observaciones.

CB

Carlos Beltran Mon 2 Mar 2015 3:36PM

Este es el documento sobre el que se trabajo en la asamblea presencial y sobre el que tenian que debatirse las enmiendas

JJ

Juan Jiménez Mon 2 Mar 2015 3:40PM

El documento que se pretende someter a votación aquí es diferente del que se discutió en dicha Asamblea, lo que supone un agravio comparativo entre los miembros que pudieron asistir y los que no.

AJ

angel jimenez Mon 2 Mar 2015 6:19PM

El quorum que exige el protocolo de validación de círculos es el 1% de los inscritos del territorio. Para el CP 28011 el número de inscritos era 820 aproximadamente. Por lo que la asamblea pudo aprobar el documento. El artículo 10. 1.2.a del documento esta basado en el artículo 59 del documento organizativo de Podemos y pide el 10% de quórum para modificar el reglamento interno de un círculo validado

JJ

Juan Jiménez Mon 2 Mar 2015 8:32PM

Efectivamente, el 1% es para la constitución o validación del círculo (art. 41 PPOO), pero eso no es lo que se votó en la Asamblea. Para las decisiones extraordinarias, es decir, las que se toman en Asamblea Extraordinaria como fue la celebrada el 21 de febrero, es el 10% (Art. 59 PPOO).

AJ

angel jimenez Mon 2 Mar 2015 8:44PM

Hablamos de lo mismo Juan pues el círculo no está validado el Articulo 59 es para modificar el reglamento de un círculo validado caso que no es el de nuestro círculo
Para aprobar un reglamento de funcionamiento interno cosa que no existía el quorum es el 1%

JJ

Juan Jiménez Mon 2 Mar 2015 9:34PM

Hay algún matiz que marca la diferencia, Ángel. La Asamblea celebrada el día 21 de febrero tenía como objeto la discusión y aprobación, en su caso, del reglamento de funcionamiento interno del círculo y así fue convocada. No se convocó para la validación del círculo, por lo que entiendo que es aplicable el artículo referido a las asambleas extraordinarias (pues como tal fue convocada al tratarse de una decisión extraordinaria que "por su trascendencia" puede "definir o afectar a la imagen pública de PODEMOS" en el barrio (art. 59 PPOO) y no lo referente a la validación del círculo (que todavía está pendiente de convocatoria y que se regirá por lo establecido por el reglamento correspondiente). Que se requiera un reglamento de funcionamiento interno para la validación del círculo no significa que el quorum necesario para la aprobación del reglamento sea el mismo que para la validación. Creo que es razonable pensar que el reglamento de funcionamiento interno debe ser un documento en cuya elaboración participen el mayor número de personas posible (lo cual, además, es coherente con nuestro documento ético, especialmente en sus artículos 2 y 3, que nos comprometen a promover la participación y a favorecer la soberanía popular).
Por otro lado, varios de los firmantes del documento del día 21 de febrero no forman parte de los 820 inscritos correspondientes al CP 28011 (que, además, excede los límites del barrio Puerta del Ángel).

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